La
Heráldica
compone, investiga, descifra, explica y describe los
Escudos de Armas,
Blasones, Armas o Armerías,
términos que, en muchos casos debemos considerar como
sinónimos.(2)
Algunos
autores han considerado que la Heráldica
nació en los primeros tiempos de la Humanidad, por el
hecho de que, desde la antigüedad, el hombre usó como
armas defensivas escudos de muy diversos materiales, formas y tamaños
para protegerse de los ataques de sus adversarios.
Sobre
esos escudos
el guerrero dibujaba y pintaba, en colores vivos,
jeroglíficos, signos geométricos, animales, emblemas
que, además de tener para él significados mágicos
o religiosos, servían para el reconocimiento de amigos o enemigos,
para concitar deliberadamente el ataque enemigo, para la reunión
de los de un mismo bando y, principalmente, para agruparse en torno
al jefe y seguirlo en el combate.
Pero
hasta el Siglo X, las armas o armerías,
fueron solamente signos o emblemas de carácter personal y arbitrario.
El estudio de tales manifestaciones, y otras posteriores de la misma
índole, no corresponde a la Heráldica
sino a la Simbología,
disciplina que, modernamente, encara el estudio de los símbolos.
(3)
A partir
del Siglo X, con la difusión de
las justas y torneos que tuvieron su
origen en Alemania y se extendieron rápidamente
en el resto de Europa, las
armerías empezaron a volverse señales de honor y de
nobleza, que trascendían a la posteridad pasando de
padres a hijos, y cuyos usos, métodos
y normas se regularizaron y perfeccionaron en los tres siglos siguientes,
especialmente cuando se hizo efectiva la autoridad
real sobre los señores, con lo cual el monarca adqurió
el derecho exclusivo para su otorgamiento.
También,
a raíz de las Cruzadas
-es decir de las guerras que en número de ocho llevó
la cristiandad contra el Islam para reconquistar el Santo Sepulcro,
entre los años 1096 y 1291-, la disciplina que nos ocupa
tuvo singular desarrollo, ya que se transformó
en arte práctica por la necesidad de poner orden en el mare
mágnum de escudos de armas que proliferaron a raíz de
tales conflictos.
Los
más antiguos códices en los que se intenta sistematizar
las leyes y las Reglas de la Heráldica,
se remontan al Siglo XI y
se denominan Armoriales.
Pero las dos primeras obras que constituyen
verdaderos tratados heráldicos se deben al jurisconsulto
Bartolomé de Sassoferrato, de
Perusa (+1536),
autor del Tractatus de Insignis et
Armis, y al Presbítero Juan
Rothe, de Turingia,
autor del Ritterspiegel,
que lo elaboró entre los años 1380 y 1400.
Los
cultores de la Heráldica consideran que
ésta es una ciencia y es un arte.
Lo primero, por estar regida por leyes propias y por un lenguaje específico
y universal que le permite describir -sin recurrir a dibujo o pintura
alguna- los escudos más complicados. Este lenguaje,
que ha conservado vocablos antiguos y que posee una sintaxis particular,
si bien puede ser calificado de figurado y casi hermético,
no resulta oscuro ni ininteligible.
Es
considerada un arte porque priman en ella lo simbólico y lo
espiritual, la estética y el buen gusto. También porque
recurre, para exteriorizarse, al auxilio de las Bellas
Artes -pintura, escultura, dibujo, grabado-
y a diversas artesanías, cerámicas, tejidos, bordados,
repujados y otras.
Tras
su primer desarrollo en el Siglo XI,
esta disciplina alcanzó su máximo esplendor en los
Siglos XIV y XV. Comenzó
a decaer como arte práctica en el Siglo
XVII y, a partir del XVIII, pasó
a ser ciencia
auxiliar de la historia como fuente para las investigaciones.
En este sentido, los conocimientos que la Heráldica proporciona
permiten identificar los restos hallados bajo una losa sepulcral o
al personaje anónimo de un retrato; determinar el origen de
una moneda, o precisar la cancillería que emitió un
determinado documento; conocer quién fue el propietario original
de un inmueble o de algún objeto, si en ellos están
reproducidos escudos de armas, lo que es de capital importancia no
sólo para los historiadores, sino también para mmuseólogos,
anticuarios y coleccionistas.
Desde
principios de nuestro siglo se ha operado su extraordinario renacimiento
y, aún conservando su carácter de ciencia auxiliar,
ha vuelto a ser un arte práctica, no tanto como heráldica
nobiliaria o de familia, sino en lo alusivo a naciones, provincias,
ciudades, universidades, corporaciones, instituciones, clubes deportivos,
marcas de fábrica, sin olvidar que, en todas sus épocas,
tuvo vigencia también lo eclesiástico.
Considerada
la Heráldica como
ciencia, como arte o como disciplina auxiliar, su importancia se pone
en evidencia y le asegura
vida propia, ya que sirve
a intereses más elevados y generales que la simple satisfacción
del
orgullo familiar o personal.
FORMACIÓN
DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS
Ya
que hemos de referirnos a los Escudos de las
Provincias y al de la Ciudad de Buenos
Aires, además del Escudo Nacional,
haremos una breve reseña acerca de cómo se fueron configurando
geográfica y jurisdiccionalmente los Estados
Provinciales.
Comenzaremos
recordando que el espacio geográfico que actualmente constituye
nuestro territorio nacional fue descubierto y ocupado por tres corrientes
pobladoras procedentes de España,
que los historiadores denominan: la del Este
que penetró por el Río
de la Plata; la del Norte
que llegó desde el Perú,
y la del Oeste
que vino de Chile, las que actuaron
en las regiones del
Litoral, del Noroeste y de Cuyo,
respectivamente.
Corriente
del Este
El
descubrimiento del Río de la Plata se produjo, el 2
de febrero de 1516, como consecuencia de la búsqueda
de un paso que permitiera acceder desde el Océano
Atlántico (llamado Mar del Norte) al
Océano Pacífico (denominado Mar del Sur), y se
debió a D. Juan Díaz de Solís,
quien lo bautizó Mar Dulce.
FOTO:
Solís y Gaboto
Por igual
derrotero, el marino veneciano al servicio de
España, Sebastián
Gaboto, penetró en el Río
de Solís el 21 de febrero de 1527
y descubrió el Río Paraná
en diciembre de ese año,
el Río Paraguay en marzo
de 1528 y, en consecuencia, las costas
de las actuales Provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes,
Chaco y Formosa.
Más
tarde, cuando la Corona Española
instituyó el Régimen de los Adelantados,
se le asignó al primero de ellos, D.
Pedro de Mendoza, conquistar y poblar la
región del Río de la Plata
que, se estima, estaba comprendida entre los 25° 31' y 36° 35' de
latitud Sur, es decir, desde Asunción
hasta la desembocadura del Río de la Plata.
FOTO:
El
Primer Adelantado fondeó sus navíos en la
Boca del Riachuelo el día 2 de
febrero de 1536, y estableció un puerto que denominó
Nuestra Señora Santa María del Buen Ayre. El
3 de febrero asentó en tierra
un poblado, que no fue más que un simple recinto de chozas
rodeado de empalizada y foso para defensa contra los indígenas;
estuvo poblado hasta junio de 1541, cuando
se dispuso el traslado de los habitantes a la casa-fuerte
de Nuestra Señora de la Asunción
(Paraguay) que había sido creada en 1537.
Se abre
así un paréntesis que se cierra el
11 de junio de 1580, fecha en la que
Juan de Garay, procedente de la Ciudad
de Asunción, en su carácter de Teniente
de Gobernador, Capitán General, Justicia y Alguacil Mayor de
las Provincias del Río de la Plata, dando cumplimiento
a una orden del Adelantado, D. Juan Torres de
Vera y Aragón, fundó, próxima al Puerto
de Buenos Aires, la que llamó Ciudad
de la Santísima Trinidad. El Puerto
de D. Pedro de Mendoza conservó la denominación
de Buenos Aires, y de ahí la expresión
corriente de "Ciudad de la
Santísima Trinidad y Puerto de Santa María de los Buenos
Aires" que consignan, hasta su cese el 31
de diciembre de 1821, las Actas del Cabildo
local.
Con anterioridad
a la Fundación de Buenos Aires,
el 15 de noviembre de 1573, el Capitán
Juan de Garay por orden de D. Martín
Suárez de Toledo, Gobernador de
Asunción, había fundado, en la Región
del Litoral, la Ciudad de Santa Fe, que habría de ser
la capital de la provincia de su nombre.
En
1588, el 3 de abril, el
Adelantado D. Juan Torres de Vera y Aragón
fundó la Ciudad
de San Juan de Vera de las Siete Corrientes, que es hoy Capital
de Corrientes.
Se
estima que la fundación de La Bajada
del Paraná -hoy Paraná, Capital de Entre Ríos-
se produjo el 23 de octubre de 1730.
Corriente
del Norte
En cuanto
a la vastísima "Región del Tucumán",
es decir del Noroeste, fue explorada
por los Capitanes D. Francisco César,
en 1528, D. Diego
de Almagro en 1536 y, muy específicamente,
por el Capitán D. Diego de Rojas
en 1543, a quien por orden del Gobernador
del Perú, D. Diego Vaca de Castro, le fue encomendado
descubrir una provincia situada entre Chile
y el Río de la Plata.
Esto habría
de dar origen a la fundación de
las Ciudades de Santiago del Estero,
el 24 de julio de 1553; de San Miguel
de Tucumán, el 31 de mayo de 1565;
de Córdoba de la Nueva Andalucía, el
6 de julio de 1573; de la Ciudad de Lerma,
en el Valle de Salta, el 16 de abril
de 1582, cuyo nombre fue cambiado,
en 1588, por el
de Ciudad de Salta; de la Ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja,
el 20 de mayo de 1591; de San
Salvador de Jujuy, el 19 de abril de
1593; y de San Fernando del Valle de
Catamarca el 5 de julio de 1683.
Todas estas ciudades dieron origen a las provincias que ostentan
sus respectivos nombres y de las cuales son capital.
Corriente
del Oeste
La Región
de Cuyo, que inicialmente dependió de la Gobernación
de Chile, fue conquistada por el Capitán
D. Pedro del Castillo en
1561, y en ella se fundaron las Ciudades
de Mendoza, el 2 de marzo de 1561;
de San Juan, el 13 de junio de 1562,
y de San Luis,
el 25 de agosto de 1594. Es del caso aclarar que en su jurisdicción,
que tenía cabecera en Mendoza,
estuvieron -al menos teóricamente- comprendidos, hasta la
creación del Virreinato del Río
de la Plata en 1776, los territorios
de las actuales Provincias de Río Negro, Neuquén, parte
de La Pampa y la zona cordillerana hasta el Estrecho de Magallanes.
La ya entonces
denominada Provincia del Río de la Plata,
que incluia los territorios asignados a Don
Pedro de Mendoza en las Capitulaciones
celebradas con el Rey de España,
en virtud del adelantazgo que se le había otorgado, fue
dividida en dos Gobernaciones por Cédula Real del 16 de diciembre
de 1617: la del Río de la Plata,
a la cual se atribuyeron las Ciudades de la
Trinidad (Buenos Aires), de Santa Fe, de San Juan de Vera de las Siete
Corrientes y de Concepción del Bermejo (esta última,
fundada en 1585, fue destruida por los indios en 1731) con sus respectivas
jurisdicciones, y la Gobernación
del Guayrá, con la Ciudad de Asunción
del Paraguay y otras.
Después
de que, por Cédula Real del 1° de agosto
de 1776, se creara el Virreinato del
Río de la Plata, se dictó la
Real Ordenanza de Intendentes del 28 de enero de 1782 por la
cual, dentro del espacio geográfico que hoy constituye nuestro
país, quedaron configuradas tres Gobernaciones
Intendencias: la de Buenos Aires que,
con cabecera en esta ciudad abarcaba los territorios
de las actuales Provincias
de Buenos Aires, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Misiones,
Santa Fe, La Pampa y toda la Patagonia; la Gobernación Intendencia
del Tucumán, con cabecera en San Miguel del Tucumán
que abarcaba, además
de la jurisdicción de ésta, las
de Catamarca, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Salta y Santiago del
Estero, y la Gobernación Intendencia
de Cuyo, con cabecera en
Mendoza, que,
además del territorio de ésta, incluia los
de San Juan y San Luis.
Pero esa
estructura, por sugerencia del Virrey D. Juan
José de Vértiz y Salcedo, fue modificada por
una Cédula Aclaratoria del 5 de agosto
de 1783 que introdujo cambios en el Régimen
de las Gobernaciones Intendencias.
En el
Virreinato quedaron integradas
entonces ocho Intendencias
que llevaban el nombre
de la ciudad que les servía de capital y donde residía
el intendente:
*
la Gobernación
Intendencia de Buenos Aires (Buenos
Aires, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Formosa, Misiones, Santa
Fe y toda la Patagonia hasta el Estrecho de Magallanes);
*
la Gobernación
Intendencia de Córdoba del Tucumán
(Córdoba, La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis);
* la Gobernación
Intendencia de Salta del Tucumán (Tucumán,
Santiago del Estero, Salta, Jujuy, Catamarca, el distrito de la Puna
y Pueblo de Santa Catalina),
*
y las Gobernaciones Intendencias
del Paraguay, de la Paz,
de Cochabamba, de Charcas y del Potosí.
Además
de las ocho Intendencias citadas se establecieron, como Provincias
Subordinadas del Virreinato, las de Moxos
y Chiquitos, en la actual Bolivia;
de Montevideo, en la Banda
Oriental, y la de los pueblos de las Misiones
Jesuíticas de los Treinta Pueblos Guaraníes.
Producida la
Revolución del 25 de Mayo de 1810, el
Virreinato quedó de hecho extinguido con el advenimiento de
nuevas autoridades y con la expulsión del Virrey y de los Oidores
de la Real Audiencia rumbo a las Islas Canarias, dispuesta el 12 de
junio siguiente. Sin embargo,
el régimen de las Gobernaciones Intendencias
subsistió durante los Gobiernos
de la Primera Junta, Junta Grande, Triunvirato y Directorio,
que produjeron modificaciones.
El Segundo
Triunvirato, por Decreto del 29 de noviembre
de 1813, a expensas de la Gobernación
Intendencia de Córdoba del Tucumán, formó
la Intendencia de Cuyo, con Mendoza, San Juan
y San Luis, con capital en la primera, y de este modo la Jurisdicción
original quedó reducida a Córdoba
y La Rioja. Más tarde, el 10
de septiembre de 1814, el Director Supremo
del Estado, D. Gervasio A. de Posadas, dispuso separar de la Gobernación
Intendencia de Buenos Aires a Entre Ríos y a Corrientes, ésta
con Misiones; las erigió en Gobernaciones Intendencias con
sus propios titulares y fijó sus jurisdicciones.
El 8 de
octubre del mismo año, con la intención
de premiar a Tucumán
por sus esfuerzos, el Director
Supremo dividió la Gobernación
Intendencia de Salta del Tucumán en dos: una
llamada de Tucumán, cuya cabecera era San Miguel del Tucumán,
con Santiago del Estero y Catamarca; y otra de Salta, con Jujuy, Orán,
Tarija y Santa María, con capital en Salta.
La división
del territorio nacional en catorce provincias separadas, comenzó
a operarse el 26 de abri1 de 1815 cuando
Santa Fe, que estaba comprendida en la
Gobernación Intendencia de Buenos Aires, se separó
de la obediencia política de aquélla y designó
su propio gobernador.
La
crisis política del año 1820 ocasionó la disolución
nacional con la caída del Congreso
y del Directorio. El Cabildo
de Buenos Aires, al cesar las autoridades nacionales
el 11 de febrero, se erigió en
Gobernador, y se constituyó el
16, la Junta de Representantes y el 17,
el Poder Ejecutivo con un Gobernador
Titular.
El
26 de febrero de 1820, un Cabildo Abierto declara la autonomía
de San Luis. San Juan
lo hizo el 1° de marzo de 1820,
y ambas provincias quedaron separadas entre sí y de Mendoza
junto con la cual integraban la Gobernación
Intendencia de Cuyo.
La
Rioja logró su autonomía
el 1° de marzo de 1820, si bien, ya en
1815 había realizado un intento
para separarse de Córdoba, que
se vio frustrado cuando, el 1 de diciembre de
1817, el Congreso de Tucumán
le ordenó volver a la jurisdicción cordobesa.
El
Caudillo y Gobernador de Entre Ríos, D. Francisco Ramírez,
después de vencer al Protector de los
Pueblos Libres D. José Gervasio de Artigas en Las
Tunas, se impuso en Corrientes y Misiones
y, a fines de 1820, proclamó
la efímera República de Entre
Ríos. Pero tras la derrota y muerte del Caudillo,
el 10 de julio de 1821, Corrientes
y Entre Ríos recuperaron su individualidad como
provincias, el 26 noviembre.
A su vez,
el Gobernador Intendente de Tucumán D.
Bernabé Aráoz, erigió la República
Federal de Tucumán, aunque sin intención separatista,
con Tucumán como cabecera, Santiago
del Estero y Catamarca. Pero poco después, el
27 de abril de 1820, Santiago del Estero
se proclamó autónoma, y Catamarca,
en un Cabildo Abierto celebrado el 25
de agosto de 1821 disolvió, también, su unión
y dependencia de Tucumán.
Finalmente
Jujuy, que venía reclamando su
independencia política desde 1811,
se separó de Salta el
18 de noviembre de 1834.
En
cuanto a las otras nueve provincias, con las que se completa
el número de las actuales veintitrés,
su incorporación en la Nación
tuvo lugar más lentamente y mediante conquista militar,
ya avanzado el Siglo XIX, porque como
se encontraban en poder del indio no hubo en sus territorios fundaciones
estables ni población blanca asentada.
La legislación
referida a ellas fue tardía. Recién en la Constitución
Nacional sancionada en 1853
se consignó, en el artículo 67 inciso 14, que correspondía
al Congreso arreglar
definitivamente los límites del Territorio
de la Nación, fijar los de las
provincias, crear otras nuevas y determinar con una legislación
especial la organización, administración y gobierno
que deben tener los Territorios Nacionales
que queden, fuera de los límites
que se asignen a las Provincias.
Tal disposición
se fue concretando gradualmente, a través de las siguientes
leyes:
La
Ley N° 28, del 17 de octubre de 1862,
que declaró que: Todos los territorios
existentes, fuera de los límites o posesión de las Provincias
son nacionales aunque hubiesen sido enajenados por los Gobiernos Provinciales
desde el 1º de mayo de 1853.
La
Ley N° 954, del 11 de octubre de 1878, que creó
la Gobernación de la Patagonia
con asiento en la población de Mercedes
de Patagones, dependiente del Ministerio
de Guerra y Marina en todo lo concerniente a esos
ramos de la Administración.
La
Ley N° 1532, del 16 de octubre de 1884, que divide
los Territorios Nacionales en las Gobernaciones:
de La Pampa, del Neuquén, del Río Negro, del Chubut,
de Santa Cruz, de la Tierra del Fuego, con sus límites
naturales según el Tratado del 23 de julio de 1881 y, además,
la Isla de los Estados, de Misiones, de Formosa
(separándola del Chaco) y del Chaco precisó los
límites de ellas.
La
Ley N° 14.037, del 8 de agosto de 1951, que declaró
provincias a los Territorios Nacionales del
Chaco y de La Pampa.
La
Ley N° 14.294, del 22 de diciembre de 1953, que
provincializó el Territorio Nacional
de Misiones.
La
Ley N° 14.408, del 28 de junio de 1955, que transformó
en provincias los Territorios Nacionales de
Formosa, Neuquén y Río Negro. Esta ley constituyó,
sin nombrarlas, las Provincias de Chubut y de
Santa Cruz, pues consignó en el artículo
1°, inciso h): Se constituirá otra provincia,
limitada al Norte por el
Paralelo 42°; al Este, por el Océano Atlántico; al Oeste,
por la línea divisoria con la República de Chile y,
al Sur, con el Paralelo 46°; y en el inciso c.). Se constituirá
provincia, limitada al Norte por el paralelo 46º; al Este, por el
Océano Atlántico; al Oeste por la línea divisoria
con la República de Chile, y al Sur, con el Polo comprendidas
la Tierra del Fuego, Islas del Sur Atlántico y, Sector Atlántico
Argentino. Es de aclarar que en su artículo 2º
la Ley designó como capitales provisionales de las nuevas provincias
a las ciudades de Formosa, Neuquén, Rawson,
Viedma y Río Gallegos.
El
Decreto-Ley 21.178 del 22 de noviembre de 1956
desmembró a Tierra del Fuego
de la jurisdicción anterior y creó la Provincia
de Santa Cruz con sus límites actuales.
El
Decreto-Ley 2.191 del 28 de febrero de 1957 restableció
el Territorio de la Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur e
incluyó a las Islas Malvinas.
El
Decreto-Ley 681 del 3 de abril de 1982
creó la Gobernación
Militar de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur,
con lo cual las separó del Territorio
Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur, al que fueron reintegradas el 15 de mayo de 1985, al disolverse
aquella Gobernación Militar.
Por último,
la Ley N° 23.775 del 10 de mayo de 1990,
provincializó el Territorio Nacional
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur y precisó sus límites y las islas comprendidas
en ellos.
La
Heráldica Oficial Argentina
En la formación
de la Heráldica Oficial Argentina,
cabe distinguir dos períodos
que pueden denominarse Hispánico
e Independiente.
En el
período Hispánico,
algunas ciudades recibieron sus escudos de armas
de los fundadores o por concesión real, y, de no haber sido
así, utilizaron las armas del Reino de España, con las
características que tuvieron en cada época.
En el período
Independiente cabe distinguir dos
épocas:
a)
la de las catorce antiguas provincias y
b) la de las nueve creadas posteriormente.
La
mayor parte de los escudos de las primeras están inspirados
en el Nacional,
surgido del sello de la Soberana Asamblea General Constituyente de
1813. En cambio, los escudos de las segundas
presentan características que les son peculiares, ya
que, en general, fueron diseñados especialmente para ellas.
1)
Del vocablo español Heraldo y
éste del antiguo alemán Hariwald (de la raíz
Har de Haren: gritar, llamar, tal vez porque
los heraldos requerían de viva voz a los carrilleros para iniciar
los torneos y los anunciaban en igual forma para ser oídos
por los espectadores).
Tratado
de la sistematización de los signos, figuras y esmaltes que
integran al escudo de armas y su explicación.
Blasón
: deriva del alemán Blasen (tocar la trompeta).
Ciencia
Heroica:: la que también hace el relato de las gestas
y hechos heroicos de los antepasados.
2)
Escudo de armas::
superficie que afecta la forma del escudo de guerra sobre la que se
presentan los esmaltes y figuras que integran las armas de un estado,
provincia, ciudad, familia, corporación, universidad, orden
religiosa, etc.
Blasones::
figuras, signos, divisas etc. del escudo de armas.
Armas::
del latín arma: insignia.
Armería::
lo que las figuras y esmaltes se pintaron o aplicaron sobre la cota
de armas y sobre las armas defensivas (escudo de guerra, yelmo y coraza).
3)
SCHWARZ-WINKLHOFER, Inge; BIEDERMANN, Hans, "El Libro de los
Signos y los Símbolos", Buenos Aires, El Ateneo, 1982.